Sabias que Anses Paga El Subsidio de contención familiar?

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Es un reintegro por gastos de sepelio, que se cobra por el fallecimiento de una persona jubilada o pensionada de ANSES y de personas fallecidas por COVID-19 en situación de vulnerabilidad.

A quiénes les corresponde

  Jubilación o pensión:

  • Personas que acrediten haber pagado los gastos de sepelio o cremación o inhumación.
  • Viudos, viudas, convivientes previsionales, hijos e hijas con derecho a la pensión por fallecimiento.
  • Otros herederos o herederas de la persona fallecida.

Covid-19:

  • Familiares directos (cónyuge o conviviente previsional, padre o madre o hijo o hija) de personas fallecidas en situación de vulnerabilidad que acrediten haber pagado los gastos de sepelio o cremación o inhumación:
    • desocupados o desocupadas
    • trabajadores o trabajadoras informales
    • monotributistas de las categorías A y B
    • personal de casas particulares
    • titulares de la Asignación por Embarazo
    • madre, padre o adultos titulares o niños, niñas o adolescentes que reciban la AUH
    • madre, padre o adultos titulares o personas mayores de edad con discapacidad que reciban la AUH

Requisitos

  • Que se encuentre acreditado el fallecimiento en ANSES.
  • Que la persona fallecida haya tenido una jubilación o pensión otorgada por ANSES (o en trámite, con el derecho ya efectivamente otorgado).
  • Que la persona hubiera fallecido a causa de Covid-19.
  • Que no haya transcurrido más de un año desde el fallecimiento.
  • Que no haya transcurrido más de un año desde el fallecimiento a consecuencia del COVID-19-

Documentación

  • DNI de quien solicita el reintegro.
  • Partida de defunción de la persona fallecida.

Por fallecimiento del o la titular de jubilación o pensión:

  • Personas con:
    • Factura emitida a su nombre
    • Constancia emitida por empresa o cooperativa de energía, gremio o mutual
    • Compañía de Seguros
  • Familiares con derecho a la pensión (derechohabiente previsional):
  • Herederos y herederas de la persona fallecida pero que no tienen derecho a una pensión (formularios PS.6.254PS.6.258PS.6.259PS.6.286PS.6.296)

Por fallecimiento a causa de Covid-19:

  • Personas (cónyuge o conviviente previsional, padre o madre o hijo o hija) con factura extendida a su nombre.

Monto

  • El monto del subsidio es de $6000 si el fallecimiento se produjo hasta el 8/8/2020, y de $15.000 si fue posterior a esa fecha.

Trámite 

Se hace por internet. 

  • Puede realizarse junto con el inicio del trámite de la pensión.
  • Si el trámite lo realiza otra persona que acredite haber pagado el sepelio, cremación o inhumación, debe hacerlo antes de cumplirse un año del fallecimiento.
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